- Inicio /
- COVID-19 /
- AYUDAS PARA AUTÓNOMOS Y EMPRESAS /
- Autónomos
Autónomos
En vigor Personas trabajadoras autónomas (personas físicas, socias de sociedades, administradoras, socias de cooperativas, socias de Comunidades de Bienes, familiar colaborador) que: Solicitud: A través de la correspondiente MUTUA En vigor Autónomos y empresas con independencia del número de personas contratadas que se vean obligadas a suspender o cancelar actividades a causa del Coronavirus: En vigor Autónomos/as y PYMEs (plantilla inferior a 50 personas). Moratoria de 6 meses. Periodo de devengo PYMEs: el comprendido entre abril y junio del 2020. Periodo de devengo autónomos/as: entre mayo y julio del 2020. Sin interés. Se presentarán a través del Sistema RED o medios electrónicos disponible en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social. Primeros 10 días naturales de los plazos reglamentarios de ingreso de dichas cuotas. Más información en este enlace. En vigor Autónomos/as y PYMEs (plantilla inferior a 50 personas). Se permite que las empresas y autónomos que no tengan en vigor aplazamientos de pago de deudas con la Seguridad social puedan solicitar el aplazamiento de pago de sus deudas con la seguridad social, hasta el 30 de junio del 2020, que deban ingresar entre los meses de abril y junio de 2020, con una rebaja sustancial del tipo de interés exigido que se fija en 0,5%. Las solicitudes de aplazamiento deberán efectuarse antes del transcurso de los diez primeros días naturales del plazo reglamentario. Más información en este enlace. En vigor Autónomos/as y PYMEs (plantilla inferior a 50 personas). Plazo máximo presentación de las declaraciones sobre el primer trimestre del IVA, pagos fraccionados del IRPF, impuesto sobre sociedades: se pasa al 20 de mayo, frente del 20 de abril previsto inicialmente. Además en las declaraciones ya presentadas con domiciliación de cuenta, no se efectuará el cargo hasta el 20 de mayo. Más información en este enlace. En vigor El bono social es un descuento directo (%25) en la factura eléctrica, dirigido a usuarios y usuarias en situación de vulnerabilidad. Se tendrá la condición de vulnerable en tanto no reanuden su actividad laboral, estando obligado el o la consumidora a comunicar este hecho al comercializador de referencia. Con carácter excepcional, y durante un plazo máximo de 6 meses a contar desde el 1 de abril. Comercializador de referencia, a través de la dirección de correo electrónico que aparezca en su página web. Se deberá presentar el modelo de solicitud establecido en el anexo IV del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, junto a la documentación acreditativa que se define en dicho modelo. Más información en este enlace. En vigor Para Pymes y Autónomos que a raíz de la Covid-19 hayan tenido una caída en su actividad. Agotado Ayudar a pagar gastos de alquiler y cuotas de autónomos de empresarios individuales y sociedades sin personalidad jurídica (Comunidades de bienes y Sociedades civiles). Empresarios y profesionales individuales, así como los socios de las comunidades de bienes y sociedades civiles que cumplan los siguientes requisitos: Máximo de 3.000 euros por empresa. A partir del día siguiente a la publicación en el BOPV. Las solicitudes se examinarán por orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos. Las solicitudes deberán presentarse mediante modelo oficial a través de la sede electrónica de Lanbide en http://www.euskadi.eus, a la que se accederá mediante un enlace en la página web de Lanbide. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación: En vigor Servicio de Asesoramiento e Implantación de Teletrabajo a disposición de autónomos y pymes, para apoyarles en el uso de la tecnología que les permita continuar con su actividad o parte de la misma desde su domicilio. En vigor Obligados Tributarios sometidos al sistema tributario foral del territorio histórico de Gipuzkoa. Consulta en este enlace las medidas de aplazamiento y fraccionamiento adoptadas. Agotado Autónomos/as y PYMEs (Pequeñas Y Medianas Empresas), si su plantilla es inferior a 50 personas.1. Prestación extraordinaria por cese de actividad.
¿PARA QUIÉN?
DESCRIPCIÓN
2. Expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por causa de fuerza mayor por el coronavirus
¿PARA QUIÉN?
DESCRIPCIÓN
3. Moratoria en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social
¿PARA QUIÉN?
DESCRIPCIÓN
Solicitudes
Cuándo
4. Aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad Social
¿PARA QUIÉN?
DESCRIPCIÓN
5. Moratoria en el pago de impuestos
¿PARA QUIÉN?
DESCRIPCIÓN
6. Bono social para autónomos que hayan cesado su actividad o hayan visto reducida su facturación
¿PARA QUIÉN?
DESCRIPCIÓN
Duración
Solicitud
1. Préstamos y carencia COVID-19
¿PARA QUIÉN?
DESCRIPCIÓN
1. Ayudas para autónomos/as y empresarios/as individuales (cuotas y alquiler)
OBJETIVO
GASTOS SUBVENCIONABLES
BENEFICIARIOS
CUANTÍA
PLAZO
SOLICITUD
1. Inplantalariak
¿PARA QUIÉN?
DESCRIPCIÓN
1. Medidas fiscales del territorio histórico de Gipuzkoa
¿PARA QUIÉN?
DESCRIPCIÓN
2. Bonos tecnológicos
¿Para quién?
Descripción