Abierto el plazo para solicitar bonificaciones de impuestos municipales
Las familias numerosas deberán presentar antes del 31 de enero las bonificaciones correspondientes al IBI y al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. También se pueden solicitar otras bonificaciones: la asociada al programa Bizigune y la del sistema de aprovechamiento energético. Este año, como novedad, los inmuebles con certificados de eficiencia energética A y B también tendrán bonificación en el IBI.
Las ordenanzas fiscales de 2022 prevén bonificaciones para las familias numerosas con ingresos inferiores a 90.000 euros en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (el plazo para solicitar ambas bonificaciones finaliza el 31 de enero).
En la ordenanza también se contemplan otras bonificaciones: quienes participen en el programa Bizigune (plazo: 31 de enero), y quienes hayan adoptado medidas de eficiencia energética en la vivienda (plazo: 28 de febrero) tendrán bonificación en el caso del IBI. En cuanto a la bonificación asociada a la eficiencia energética, además de los sistemas de aprovechamiento energético, pueden solicitar esta bonificación quienes tengan certificados de eficiencia energética A y B.
Para beneficiarse de las bonificaciones tributarias deberán cumplir una serie de requisitos (todos los detalles más abajo). Por su parte, el Ayuntamiento quiere destacar dos condiciones:
- Que para acceder a las bonificaciones es necesario tener actualizados los pagos de impuestos y tasas.
- Las bonificaciones son incompatibles, es decir, en el caso del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, por ejemplo, no se pueden acumular las bonificaciones relativas a la familia numerosa y ligadas a la eficiencia energética.
> ¿Cómo y donde hacer la solicitud?
- Udaletxean, Herritarren Arreta Zerbitzuan (08:00-14:30)
- Posta-bulegoetan (ziurtagiri irekiaren bidez)
- Telematikoki, herritarren atariaren bidez.
> Documentos a presentar
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
FAMILIAS NUMEROSAS:
- Plazo: 31 de enero
- Documentos a presentar:
- Hoja de solicitud
- Declaración jurada del sujeto pasivo que certifique la carencia de vivienda familiar
- Bonifiación: según cantidad de hijos e hijas, e ingresos
0-24.000€ | 24.000-50.000€ | 50.000€-90.000€ | >90.000€ | |
3 hijos/as | 90% | 50% | 15% | 0 |
4 hijos/as | 90% | 70% | 40% | 0 |
5 hijos/as o más |
90% | 90% | 60% | 0 |
PROGRAMA BIZIGUNE:
Los participantes en el programa Bizigune de alquiler de vivienda también pueden solicitar una bonificación.
- Bonificación: 50%
- Plazo: 31 de enero
- Documentación a presentar:
- Hoja de solicitud
- Contrato suscrito entre la persona titular del bien y la entidad gestora del Programa Bizigune
SISTEMAS DE APROVECHAMIENTO ENERGÉTICO:
Se incluyen en esta bonificación los bienes inmuebles que tengan instalados sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar o de otras energías renovables. En caso de aplicación de esta bonificación, las instalaciones de generación de calor deberán contar con colectores o sistemas de calefacción y agua caliente sanitaria (ACS) homologados por la Administración competente.
Asimismo, se aplicará la bonificación para los bienes inmuebles que cuenten con una etiqueta de eficiencia energética de clase A o B.
- Bonificación: %40
- Plazo: 28 de febrero
- Documentación a presentar: Hoja de solicitud firmada que identifica el inmueble objeto de bonificación
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
Se bonificará hasta el 40% un único vehículo que grava como turismo por familia, siempre que tenga cinco o más plazas y sea propiedad, de acuerdo con la legislación vigente, de algún miembro de la familia numerosa.
- Plazo: 31 de enero
- Documentación a presentar: Hoja de solicitud firmada por ambos progenitores con la identificación del vehículo
- Bonificación: según ingresos
0-24.000€ | 24.000-50.000€ | 50.000-90.000€ | >90.000€ | |
Categoria general | 40% | 30% | 20% | 0 |
Categoria especial | 50% | 40% | 30% | 0 |